CONVALIDACIONES
CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS
ESO Y BACHILLERATO

Alumnos que han realizado el curso anterior en el extranjero
Al realizar la matrícula en este Instituto deben aportar el volante para la inscripción condicional en centros docentes que le entregan en el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deporte al solicitar la homologación de los estudios realizados en el extranjero. Hasta que el Ministerio conceda o no la homologación de los estudios esta matrícula se considera una “matrícula condicionada” y no será firme hasta que se produzca la homologación y se entregue en Secretaría copia de la resolución definitiva.

Alumnos que puedan convalidar la asignatura de Música (ESO)
Deberán entregar en Secretaría antes del 1 de octubre la siguiente documentación:

Alumnos que puedan solicitar exención en la asignatura de Educación Física (Bachillerato)
Deberán entregar en Secretaría antes del 1 de octubre la siguiente documentación:
CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS
CICLOS FORMATIVOS

NORMATIVA REGULADORA QUE CONTIENE DISPOSICIONES RELACIONADAS CON CONVALIDACIONES
Normativa reguladora de las convalidaciones
Normativa no educativa relacionada

CONVALIDACIONES COMPETENCIA DE LA DIRECTORA DEL CENTRO
Se solicitan en el momento de la matrícula preferentemente, hasta transcurridos los primeros quince días lectivos del curso con el Anexo 1. IMPRESOS
CONVALIDACIONES COMPETENCIA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Sólo para CCFF de Grado Superior. Además, el número de módulos profesionales de los ciclos de grado superior convalidados no podrá superar el 60% de la totalidad de créditos ECTS establecidos en el real decreto por el que se establece el título Técnico Superior.
Se tramita por parte del centro de forma telemática ante el Ministerio. El plazo para tramitar el centro ante el Ministerio termina el 30 de octubre.

IMPORTANTE
Las solicitudes se presentan siempre en Secretaría, horario de mañana. Si a un alumno del vespertino le resulta imposible venir por la mañana, consultar al Jefe de Estudios de Vespertino.
– Las CONVALIDACIONES COMPETENCIA DE LA DIRECTORA del Centro, se responderán por escrito. Serás avisado para pasar por Secretaría.
Habida cuenta del volumen de solicitudes recibidas, en el siguiente sentido, se ruega que se informe al alumnado que la acreditación de haber superado el módulo profesional Inglés técnico de grado medio no permite la convalidación del módulo profesional Inglés técnico de grado superior, ni siquiera en el caso de que estos dos módulos profesionales pertenezcan a la misma familia profesional. Tampoco, en ningún caso, acreditar la superación del módulo profesional lengua extranjera profesional de grado medio permite convalidar el módulo profesional lengua extranjera profesional de grado superior.
– En el caso de las CONVALIDACIONES COMPETENCIA DEL MINISTERIO, el alumno debe darse de alta en la SEDE electrónica, a través del siguiente enlace: https://sede.educacion.gob.es/tramite/login/plogin.jjsp, cumplimentando los datos e introduciendo el NIF y una contraseña con el objetivo de ser informado de la resolución y del estado de su solicitud.

¿CÓMO SEGUIR EL TRÁMITE DE LA SOLICITUD ANTE EL MINISTERIO?
– Una vez remitida la solicitud al MECD, por el centro educativo, el solicitante podrá ver en todo momento el estado de su trámite. Mientras ésta no se resuelve tiene la obligación de asistir a clase y realizar las evaluaciones correspondientes.
– Cuando la solicitud se resuelve por el MECD, el interesado recibe un e-mail informándole de que dicha resolución está disponible en SEDE para que la descargue.
– Es imprescindible que alumno descargue la resolución de la convalidación para que pueda ser efectiva y la entregue en el Centro educativo donde se encuentra matriculado.
Para más Información
https://www.todofp.es/convalidaciones-equivalencias-homologaciones/convalidaciones.html#cla-01-01
https://www.comunidad.madrid/servicios/educacion/normativa-formacion-profesional